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EL MITO DEL SINDICATO Y LA PLACA



De Placas,  Bloqueos, Notificaciones , Paros  Mitos  y Monitos

Placas / Mantas Sindicales

Existe una  gran cantidad de “Sindicatos” dedicados a la única y exclusiva actividad de “venta” de laminas sindicales y pagar “derechos” o “cuotas” este pago además de ser totalmente irregular no tiene ninguna validez laboral ni contable, el único pago válido es aquel que se deriva de una relación sustentada en un contrato colectivo de trabajo debidamente registrado y depositado en la Junta de Conciliación respectiva, las placas sindicales por sí mismas no tienen ninguna validez ni representan elemento  jurídico de ninguna clase. 

Bloqueo y Paro de Obras

También es práctica reciente que en algunas ciudades especialmente en el área metropolitana de la Ciudad de México, Toluca, Querétaro, San Luis Potosí, Oaxaca etc.,  grupos de individuos bloqueen las obras y exijan bajo amenazas el acarreo y la cuota sindical, al respecto les comentamos que ninguna organización seria, puede hacer esto y los invitamos a que denuncien ante las autoridades respectivas pues la única manera de hacer paros es con un documento oficial en el que la junta respectiva acuerde el estallamiento a huelga, de no tenerlo la persona o personas que lo hagan estarán cometiendo un delito lisa y llanamente.

Notificaciones

Los emplazamientos a huelga que algunas juntas de conciliación reciben, NO dan derecho a parar una obra, solo son un documento que la autoridad recibe para su análisis y acuerdo y la autoridad es la única que puede emitir notificaciones, ningún sindicato puede emitir notificaciones pues no somos autoridad para hacerlo.

Emplazamientos previos al otorgamiento de la concesión o del fallo de obra

Es improcedente el emplazamiento a Huelga antes del fallo de obra respectivo o del otorgamiento de la concesión respectiva y el hecho de comprobarlo ante la autoridad laboral es motivo suficiente para que dicho emplazamiento sea archivado y no proceda.

Facturación

Algunas organizaciones Sindicales facturan con empresas “prestadas” y de dudosa procedencia , cuando usted contrata a un grupo de documentación irregular estas empresas NO pagan su carga social y ésta carga social derivada del monto facturado, le reportara un cargo en contra por pago de Seguro Social, este pago nunca es realizado por la empresa que le factura la excavación, acarreo y/o venta de material que ejecutó los trabajos y fue usada por el “sindicato” y desde luego acaba derivando auditorias y conflictos fiscales, les sugerimos privilegien la facturación electrónica EXCLUSIVAMENTE con el sindicato, también les insistimos en que cualquier pago que ustedes hagan a la organización sindical con la que tengan relación sea con cheque nominativo y con la leyenda de cobro para abono en cuenta de beneficiario, pero preferentemente por transferencia electrónica.

Mucho aún queda por mejorar nuestros procedimientos, y nuestro compromiso es con México, sin embargo es también muy importante que ustedes nos ayuden no permitiendo los abusos que algunas organizaciones hacen y en su caso denunciando a quienes lo intenten.





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